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Solicitud de acceso a la información



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Descripción El derecho de Acceso a la información, regulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, asiste a todas la personas debidamente identificadas a obtener información pública que incluye los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la norma indicada anteriormente y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

Mediante la presentación de este formulario, tanto de manera on-line como de forma presencial, se inicia el procedimiento para el ejercicio de su derechos de acceso a la información pública.

En este apartado se puede realizar el trámite tanto de forma ONLINE como de forma PRESENCIAL.

Si desea ejercer su Derecho de Acceso a la información, puede realizarlo desde aquí.
¿Quién lo puede solicitar? El Derecho de Acceso asiste a todas las personas debidamente identificadas a acceder a la información pública. Podrá ser objeto de una solicitud de acceso a la información aquella que haya sido elaborada o adquirida en el ejercicio de las funciones de un órgano o entidad o cuando sea consecuencia del desarrollo de las competencias que tiene formalmente atribuidas.
Lugar y forma de presentación -De forma presencial en el Registro General aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada, así como aquella documentación que se desea anexar, siempre que se sea un ciudadano particular.

-A través del Registro Telemático identificándose con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido, siendo obligatorio para los interesados descritos en la Ley 39/2015, dicho documento quedará automáticamente registrado.
Plazo máximo de resolución y notificación 1 mes, podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante.
¿Quién tramita la solicitud? Secretaría del Ayuntamiento de Carreño.
Plazo de presentación Durante todo el año.
Efectos del silencio administrativo Desestimatorio.
Recursos posibles Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse en el plazo de un mes reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.

Las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública son recurribles directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de la reclamación potestativa prevista.
Observaciones Causas de inadmisión:

-Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación
General.

- Referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida
en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas.

- Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración.

- Dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente, en su caso deberá indicar en la resolución el órgano que, a su juicio, es competente para conocer de la solicitud.

- Que sean manifiestamente repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de transparencia de esta Ley.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia de Solicitud: Instancia de Solicitud Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
RD 1690/1986 Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
L 19/2013 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
LO 15/1999 Derogada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
RD 1720/2007 Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Tramitación presencial
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Tramitación telemática
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